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El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado «inconstitucional y nulo» el art. 16.8 Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, que desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje al entender que invade competencias autonómicas y que el Estado se excede de las suyas.

Dicho artículo establece que la autorización para la actividad formativa deberá ser concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuando una misma empresa realice contratos de formación y aprendizaje en más de una comunidad autónoma. Además, en dicho artículo se señala que el seguimiento y evaluación de dicha actividad formativa correrá a cargo del SEPE...+