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El Tribunal Supremo desestima la nulidad de una cláusula suelo y avala la explicación que el banco introdujo en el contrato hipotecario. En concreto, la Sala de lo Civil concluye que la Caja Rural de Teruel cumplía con los requisitos de transparencia establecidos por la sentencia del Supremo de 9 de mayo de 2013.

Este fallo cierra la puerta a que las cláusulas suelo, por el hecho de serlo, sean declaradas abusivas y se les aplique la retroactividad total, al establecer la necesidad de un análisis sobre la posible abusividad en cada pleito. De este modo, permite a los bancos la posibilidad de litigar aún por aquellas cláusulas suelo que consideren que están explicadas de manera adecuada en los contratos hipotecarios.

Por su parte, el Supremo no ha publicado todavía el texto de la nueva sentencia. Sin embargo, sí informó del fallo, en el mismo momento que se conocía ayer su primera decisión que aprecia la retroactividad total en estos asuntos.

La sentencia, que adelantó ayer el Gabinete Técnico del Tribunal, supone, de este modo, que cada asunto que entra en los tribunales relacionado con cláusulas abusivas debe ser examinado caso por caso, para dilucidar si el banco ha cumplido las condiciones que exige el Supremo. Así, el Tribunal ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel, que avaló una cláusula suelo porque "aparece resaltada en negrita y no se enmascara en el contrato diluyendo la atención del contratante entre otras".

Además, la sentencia de la Audiencia Provincial, de 17 de marzo de 2015, apuntó que "existen en el procedimiento elementos probatorios que revelan que el establecimiento de dicha cláusula fue negociado individualmente entre los demandantes y la entidad". En este sentido, concluye que los actores conocían con precisión el alcance y las consecuencias de la aplicación de la referida cláusula suelo, que negociaron individualmente y terminaron por aceptar en uso de su autonomía negocial".

Juzgados especializados

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) anunció ayer que abordará con el Ministerio de Justicia la dotación de medios materiales y personales de los Juzgados de Primera Instancia que se especialicen en materia de cláusulas suelo, como consecuencia de la puesta en marcha del plan de urgencia acordado por el Órgano de gobierno de los jueces ante el previsible aumento de litigios tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Poder Judicial nombrará a un Juzgado de Primera Instancia en cada provincia especializado en materia de cláusulas suelo. Además, subraya que la nueva competencia será exclusiva pero no excluyente, porque, de lo contrario, entiende que se daría una respuesta eficaz a los litigios relacionados con las cláusulas suelo, pero se sobrecargaría al resto de los Juzgados de Primera Instancia con los asuntos de reparto general de los que quedaran excluidos los órganos especializados. En concreto, estos juzgados conocerán de la materia relativa a las acciones individuales previstas en la legislación de condiciones generales de la contratación y la protección de consumidores y usuarios.

En cualquier caso, los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia coincidieron ayer en considerar que el plan de urgencia del Poder Judicial es necesario y que repercutirá positivamente, tanto en el ámbito judicial como en el económico.

Fuente: eleconomista.es