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1. ¿La conciliación familiar y laboral es un derecho? Sí, lo es. La legislación establece que el trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y señala una serie de medidas para conseguirlo.
 
2. Entonces ¿la empresa está obligada a concederme todas las medidas para conciliar que yo solicite? Este derecho tiene un matiz importante: si no llegamos a un acuerdo con la empresa o este tema no está recogido en nuestro convenio colectivo, será un juez el que valorará por un lado las necesidades de conciliación del trabajador y por otros las razones organizativas o productivas que esgrima el empresario para denegarlas.
 
3. ¿Qué es la excedencia por cuidado de hijo? La excedencia por cuidado de hijo es el derecho que tiene un progenitor a suspender su contrato de trabajo hasta que el menor cumpla 3 años, para poder cuidar de su hijo.
 
4. ¿La empresa puede dar mi puesto a otra persona si pido una excedencia por cuidado de hijo? Durante la excedencia por cuidado de hijo, la empresa está obligada a guardar el mismo puesto de trabajo durante un año. Y si se amplía hasta los tres años, un puesto de trabajo, que deberá ser de similar o parecida categoría al que teníamos antes de comenzar la excedencia.
 
5. ¿Qué pasa con mi cotización a la Seguridad Social durante la excedencia por cuidado de hijo? El tiempo que estamos en excedencia estaremos cotizando a contingencias como jubilación o maternidad. Esto quiere decir que si por ejemplo la madre que está en situación de excedencia por cuidado de hijo queda embarazada durante la misma tendrá derecho a cobrar una nueva baja maternal. Además, la empresa nos debe computar ese tiempo de excedencia como antigüedad de cara a una futura indemnización por despido.
 
6. ¿Puedo trabajar en algo “más conciliable” durante la excedencia por cuidado de hijo? Está aceptado por los tribunales que durante la excedencia trabajemos en otra cosa, si ese trabajo es más compatible con el cuidado del hijo, que el trabajo del que estamos en excedencia. Así lo recoge la sentencia del TS de 10/2/2015. No obstante, hay que estar al caso concreto, la empresa podría intentar un despido disciplinario y sería un juzgado quien tendría que valorarlo.
 
7. ¿Pueden despedirme si tengo jornada reducida por cuidado de hijo? El trabajador que está disfrutando de una reducción de jornada por guarda legal de un hijo menor de 12 años, tiene una protección especial que impide que puedan ser despedidos sin causa que conllevaría a la nulidad de su despido. Pero sí nos podrán despedir si existe causa disciplinaria u objetiva que justifique el despido.
 
8. ¿Puedo exigir a mi empresa jornada reducida para conciliar mejor la vida familiar y laboral? Al igual que ocurre con otras medidas para fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral, aunque es un derecho del trabajador, será necesario que esté recogida en el convenio colectivo o haya acuerdo con la empresa. Si no es así, deberemos acudir a un juez para que nos la conceda.
 
9. ¿Puedo alargar la baja maternal por lactancia? Si bien se establece el derecho hasta que el menor cumpla 9 meses a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividirse en dos fracciones, esto puede sustituirse por alargar el descanso de la prestación de maternidad.
 
10. ¿Me corresponde prestación por maternidad por adopción de un hijo? Si, la prestación por maternidad está establecida para los supuestos de adopción y el acogimiento familiar, tanto preadoptivo como permanente o simple cumpliendo una serie de requisitos
 
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