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Hacienda excluirá de la obligación de presentar declaración en el Impuesto sobre Sociedades a colectivos de menor entidad. La reforma del Impuesto de Sociedades, que entró en vigor en enero establecía como novedad la obligación de presentar la declaración a todo tipo de asociaciones, sin ningún tipo de límites. Concretamente, la disposición que se aprobará en breve en Consejo de Ministros establecerá la exclusión de la obligación de presentar declaración en el Impuesto sobre Sociedades a aquellas entidades parcialmente exentas, cuyos ingresos totales del período impositivo no superen los 50.000 euros anuales, siempre que el importe total de los ingresos correspondientes a rentas no exentas no supere 2.000 euros anuales y que todas sus rentas no exentas estén sometidas a retención. Según Montoro, la medida beneficiará a múltiples colectivos, entre ellos, asociaciones de vecinos y otros entes de carácter municipal, que cuentan con recursos personales y materiales limitados para atender las exigencias formales tributarias. Entrará en vigor para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015.