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El TJUE dice que no influye que el asunto ya se haya tratado en otro Estado

La competencia exclusiva en materia inmobiliaria que el Reglamento Bruselas I atribuye a los tribunales del Estado de la UE donde se halle el inmueble objeto de litigio, no se ve afectada por el hecho de que se haya sometido el asunto anteriormente ante un tribunal de otro Estado miembro, según concluye el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tjue), en esta sentencia de 3 de abril de 2014, de la que ha sido ponente la magistrada Camelia Toader...+