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El importe del canon adeudado por la realización de copias privadas de una obra protegida no puede tener en cuenta las reproducciones ilícitas. Esta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia publicada hoy.

En concreto, el Alto Tribunal europeo, que resuelve una cuestión elevada por el Tribunal de Casación de Países Bajos, asegura que "no se puede tolerar una norma nacional que no establece ninguna diferencia entre las copias privadas realizadas a partir de fuentes lícitas y aquellas que se realizan a partir de fuentes falsificadas o piratas"...+