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02/11/2015 - Autor: PEDRO SOMACARRERA


La recepción de una multa de tráfico nos descuadra y sobre todo, al bolsillo. La mayoría  no acostumbran a recurrir y, sin embargo, muchas veces un recurso puede  tener efecto  y acabar con la sanción. Conocer las claves a la hora de recurrir es fundamental.

 Cuando se tenga dudas sobre la causa de la multa, el recurso es una buena opción de  de defensa y huir así del ánimo recaudador del que muchos acusan a la DGT.

 Estas son las circunstancias que pueden favorer el éxito del recurso:

Errores en los márgenes de velocidad

 Las multas de tráfico por velocidad son las más comunes y, aunque se tenga la  fama  de que son difíciles de recurrir, no lo son tanto. Una de las razones es que no existe ningún radar cuyo margen de error sea del 0%, por lo que siempre habrá que fijarse en el radar que nos ha ‘cazado’ y comprobar su fiabilidad mediante un informe o, por ejemplo, que la matrícula aparezca borrosa.

Defecto de forma

 Faltas en los datos básicos, tanto del vehículo como del autor de la sanción (DNI, la matrícula, el coche, color, modelo u otra información que no aparezca correcta) la multa podrá ser recurrida con éxito.

Falta de información

 Si  se nos multa e implica pérdida de puntos pero el agente no nos ha informado de ello, dicha falta de información puede llevar también al éxito en el recurso.

Caducidad de las multas

 Las multas de tráfico tienen una fecha de caducidad. Las sanciones leves expiran a los 3 meses (las muy graves a los 6 meses) de haber sido cometidas. Si una infracción no ha sido publicada en el BOE o comunicada por Tráfico en los plazos previstos en función de su gravedad, quedará exento del pago. Cuando esta se reciba, restarán 20 días para interponer un recurso.

SE LIBRARÁ DE LA MULTA SI…

 1. Te la comunican fuera de plazo. La Administración tiene tres meses de plazo para comunicar al infractor las sanciones leves, seis meses para las graves y hasta un año para las muy graves. Si te llegan más tarde podrás alegar que han prescrito y no tendrás que pagarlas.

2. No te cobran la sanción a tiempo. Tanto la DGT, como los ayuntamientos, tienen un año, desde que la sanción es firme, para iniciar el proceso de cobro de la multa. Si no cumplen dicho plazo, la sanción habrá prescrito.

 

3. Presuponen que es usted el culpable.Si no le pararon en el momento que cometió la infracción y le remiten la sanción a casa, por ley, lo primero que debe recibir es la solicitud de que identifique al conductor -a veces, esta petición se incluye en la multa que recibe en casa de no llegarle dicha petición , puedes recurrir solicitando que anulen la sanción por ‘atribución arbitraria de responsabilidad’.

4. La multa tiene datos incorrectos. Debes comprobar  si en la sanción se recogen  los datos de tu coche (matrícula, marca, color y el momento y lugar exactos de la infracción).

5. El agente que le puso la sanción no se ratifica en su versión. Puede recurrirla pidiendo las pruebas que le incriminan. En algunas sanciones, lo único que le inculpa es la palabra de un agente que tiene que corroborar, en un nuevo informe, su versión de los hechos. En muchos casos, el agente no llega a ratificar su versión -normalmente, por extravío del expediente; puede recurrir de nuevo por falta de pruebas- o no lo hace en un tiempo adecuado y, entonces, la multa ‘caduca’.

6. Todas las multas deben ser ‘iguales’ y no lo son.Todas las sanciones cometidas en idénticas circunstancias  tienen que sancionarse siempre con la misma multa en dinero y puntos..

Además de los recursos en vía administrativa, no hay que perder de vista la impugnación de multas en vía judicial, donde se obtienen muy buenos resultados de anulación, consecuencia de la indefensión creada al interesado por la arbitraria tramitación del expediente.

En definitiva, esta es una  una interésantísima relación de motivos para impugnar con éxitos  las multas de tráfico