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19/06/2020 - Autor: BCN Legal Group
Las medidas laborales se deben adoptar las empresas una vez expirada la vigencia del estado de alarma

Las medidas laborales se deben adoptar las empresas una vez expirada la vigencia del estado de alarma ((sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y del resto de la normativa laboral) son las siguientes

  • Adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección en los centros de trabajo.
  • Poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes para la limpieza de manos.
  • Adaptar las condiciones de trabajo y el uso de los lugares comunes para garantizar una distancia de seguridad mínima de 1,5 metros entre los trabajadores. Si ello no es posible, se deberá proporcionar a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
  • Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de mayor afluencia.
  • Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.